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  Dirección y contenidos PATRICIA GARCÍA, periodista

29/11/18

Consumidores porteños: justicia multa a telefónica

La Justicia porteña multó a una empresa por no comunicar la baja de una líne de celular, un caso que se repite en estas compañías y que perjudica a los usuarios.
La Sala III del fuero Contencioso Administrativo y Tributario,rechazó el recurso interpuesto por Telefónica Móviles Argentina S.A. y confirmó una disposición e la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor que le impuso una multa de $50 mils por no comunicar a una usuaria sobre las condiciones de baja de la línea telefonía celular. Se dio en el marco de la causa “Telefónica Móviles Argentina S.A. contra GCBA sobre Recurso Directo sobre Resoluciones de Defensa al Consumidor”.

El caso es de 2010, cuando una usuaria de Telefónica denunció que la empresa había dado de baja su línea de telefonía celular prepaga, sin causa, y reasignado su número a otro cliente.  La Justicia porteña informó que tras una audiencia conciliatoria entre las partes no “amigable”, la Defensa y Protección al Consumidor dictó la disposición mediante la cual impuso a la empresa una multa por infracción del artículo 4 de la ley 24.240 y ordenó la publicación de la disposición condenatoria en el diario Clarín. Para justificar su decisión, sostuvo que la demandada “no había brindado adecuada información a la consumidora sobre las características mínimas de su línea prepaga, ni sobre la facultad de la empresa de dar de baja a su línea telefónica y asignársela a otro usuario” y, a los efectos de graduar la sanción, “tuvo en cuenta el hecho de que la empresa era reincidente y la gravedad de los riesgos que podía ocasionar la posible reiteración y generalidad de la infracción cometida“. La compañía telefónica apeló la disposición.