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8/11/18

Más duros contra Uber

Una polémica ley aprobó la Legislatura porteña para evitar la circulación del servicio de transporte Uber, que establece penas para los conductores con posibilidad de retiro de la licencia de conducir y multas de hasta $178 mil. Además, dentro de la norma, que es una modificación al Código de Transporte, se prohíbe a los micros escolares trasladar a manifestantes.
Los cambios fueron propuestos por los diputados oficialistas Francisco Quintana, Cristina García,
Agustín Forchieri y Daniel Presti (VJ) y tratados en la Sesión Ordinaria de este jueves en base a un despacho conjunto de las comisiones de Tránsito y Tansporte y de Justicia, que presiden García y Presti, respectivamente.
El endurecimiento de la norma se justificó con el “fin de optimizar y mejorar la eficacia de los operativos de fiscalización y control” y así incorpora como prerrogativa de la Autoridad de Aplicación del Código de Tránsito y Transporte la de suspender en determinados casos las habilitaciones para ejercer el transporte de pasajeros.
“Taxis, transporte de escolares, remises, vehículos de fantasía y otros sin autorización. El/la titular o responsable de un vehículo que transporte pasajeros y que lo explote sin la autorización y/o habilitación para prestar el servicio establecida por la normativa vigente, es sancionado/a con multa de diez mil (10.000) unidades fijas e inhabilitación para conducir de siete (7) a treinta (30) días. No admite pago voluntario”, dice una de las cláusulas aprobadas.

Esa multa equivale actualmente a $178.500, al valuarse cada UF en 17,85 pesos. Para otras infracciones las nuevas multas más comunes son de 1.500 UF, que representan 26.775 pesos.
El nuevo texto legal (modificatorio de la ley 2.148 y otras normas posteriores con texto consolidado por ley 6.701) agrega una nueva atribución a la Autoridad de Aplicación:
“Suspender preventivamente la licencia de conducir profesional al conductor de un servicio de transporte de pasajeros y/o la licencia o permiso que lo habilitare para la prestación de dicho servicio, cuando por su accionar comprometa la seguridad pública y de los usuarios del servicio que brinde”.